jueves, 20 de octubre de 2011

CAPITULO2 DERECHOS DEL APRENDIZ SENA

Articulo 2
 El derecho es la facultad que tiene el aprendiz de hacer lo establecido en las normas vigentes de Sena, sin exclusiones por razones de genero,raza,etc
Recibir el carnet
Recibir inducción al momento del ingreso al Sena
Acceso a las tics
Recibir formación profesional
Recibir orientación académica

No hay comentarios:

Publicar un comentario