miércoles, 19 de octubre de 2011

ARTICULO 34. . Número de Representes y periodo: Por cada Jornada académica que tenga  un Centro (diurna, nocturna y 24 horas), se elegirá un representante, es decir hasta tres (3) por  cada Centro.
ARTÍCULO 35.  Requisitos  y condiciones  para ser candidato a Representante de los Aprendices del Centro .
ARTÍCULO  36. Responsabilidades del Representante de Aprendices en el Centro:
ARTÍCULO 37. En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que requieran la  presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se delegará la función a los otros  representantes  elegidos.

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